CERTIFICADO DE RESIDENCIA
Normativa Vigente: Resolución General AFIP 3109/2011.
Para ciudadanos/as argentinos/as que se mudan de regreso a la República Argentina y para extranjeros/as con visa de residencia permanente otorgada para radicarse en Argentina.
INGRESO CON AUTOMÓVIL
Para realizar el trámite deberá residir en algunos de los estados bajo jurisdicción de esta Representación Diplomática, la cual abarca el Distrito de Columbia y los estados de Delaware, Carolina del Norte, Maryland, Pennsylvania, Virginia y West Virginia.
Para acogerse al beneficio, el solicitante debe haber residido fuera de la República Argentina por, al menos, los últimos dos años. Si residió en otra jurisdicción en el exterior deberá contactar al Consulado correspondiente.
La exención impositiva abarca efectos personales, herramientas de trabajo y un automóvil (para características, modelo y año del vehículo: se sugiere consultar a un despachante de aduanas o empresa mudadora internacional). Cabe aclarar que la mudanza debe ingresar al territorio argentino, dentro de los 6 meses posteriores al arribo a la República Argentina, de lo contrario no se aplicará la exención impositiva.
Requisitos para tramitar el Certificado de Residencia:
- DNI válido y vigente;
- Pasaporte argentino vigente (no se aceptan fotocopias);
- Pasaportes argentinos anteriores y pasaportes extranjeros (si posee);
- Comprobantes de domicilio a su nombre que acrediten de manera fehaciente su residencia durante los últimos 25 meses en el Distrito de Columbia o en los estados de Delaware, Carolina del Norte, Maryland, Pennsylvania, Virginia y West Virginia (por ejemplo, contratos de alquiler, boletas de pago de servicios de teléfono, luz, gas o televisión por cable). Los comprobantes tienen que estar a nombre de quien presentará el Certificado de Residencia y con la dirección donde reside actualmente;
- Un money order de US$ 80 en concepto de arancel consular correspondiente al Certificado de Residencia; y
- Título original del automóvil, junto con un money order de US$ 100 en concepto de arancel consular por "Visto Consular”. El automóvil deberá estar registrado ante la autoridad oficial competente del país de procedencia, con tres meses de anticipación, como mínimo, a la fecha prevista de ingreso a la República Argentina. El título debe haber sido emitido dentro de la jurisdicción de esta Representación Diplomática. Asimismo, adjuntar factura de compra.
El trámite se realiza de manera presencial en esta Sección Consular. Debe solicitar turno previo mediante correo electrónico a consular@embassyofargentina.us
Para el caso de motocicletas: los requisitos son los mismos que para los automóviles, sin embargo, las motos NO están incluidas bajo el régimen de exención de aranceles, por lo tanto, deben pagar impuestos al ingresar a la Argentina. Se recomienda consultar a un despachante de aduana o mudadora internacional el arancel de dichos impuestos.
INGRESO SIN AUTOMOVIL
Para realizar el trámite deberá indefectiblemente residir en algunos de los estados bajo jurisdicción de esta Representación Diplomática, la cual abarca el Distrito de Columbia y los estados de Delaware, Carolina del Norte, Maryland, Pennsylvania, Virginia y West Virginia.
Para acogerse al beneficio, el solicitante debe haber residido fuera de la República Argentina durante el último año (y no haber estado en territorio argentino por más de 60 días por viajes ocasionales). Si residió en otra jurisdicción en el exterior deberá contactar al Consulado correspondiente.
La exención impositiva abarca efectos personales y herramientas de trabajo, que deben ingresar al territorio argentino dentro de los 6 meses posteriores al arribo a la República Argentina.
Requisitos para tramitar el Certificado de Residencia:
- DNI válido y vigente;
- Pasaporte argentino vigente (no se aceptan fotocopias);
- Pasaportes argentinos anteriores y pasaportes extranjeros (si posee);
- Comprobantes de domicilio a su nombre que acrediten de manera fehaciente su residencia durante los últimos 13 meses en el Distrito de Columbia o en los estados dede Delaware, Carolina del Norte, Maryland, Pennsylvania, Virginia y West Virginia (por ejemplo, contratos de alquiler, boletas de pago de servicios de teléfono, luz, gas o televisión por cable). Los comprobantes tienen que estar a nombre de quien presentará el Certificado de Residencia y con la dirección donde reside actualmente; y
- Un money order de US$ 80 en concepto de arancel consular.
El trámite se realiza de manera presencial en esta Sección Consular. Debe solicitar turno previo mediante correo electrónico a consular@embassyofargentina.us.
Se sugiere consultar información adicional en:
CERTIFICADO DE DOMICILIO
Para ciudadanos/as argentinos/as residentes en el exterior (que no regresan a vivir a la República Argentina) y que requieran una certificación de domicilio para realizar trámites ante ANSES, AFIP, u otras autoridades argentinas o estadounidenses.
Para realizar el trámite deberá indefectiblemente residir en algunos de los estados bajo jurisdicción de esta Representación Diplomática, la cual abarca el Distrito de Columbia y los estados de Delaware, Carolina del Norte, Maryland, Pennsylvania, Virginia y West Virginia. Si reside en otra jurisdicción en el exterior deberá contactar al Consulado correspondiente.
Requisitos para tramitar el Certificado de Domicilio:
- DNI válido y vigente;
- Recibo de un servicio domiciliario (por ejemplo, boletas de pago de servicios de teléfono, luz, gas o televisión por cable), y/o contrato de alquiler vigente. También puede presentarse licencia de conducir expedida por autoridad competente de cualquiera de los estados bajo jurisdicción de esta Representación Diplomática. Los comprobantes tienen que estar a nombre de quien presentará el Certificado de Domicilio y con la dirección donde reside actualmente;
- Un money order de US$ 80 en concepto de arancel consular.
- De requerir copia fiel de documentación anexa, tiene un valor de U$20 por carilla (la copia fiel del D.N.I. tiene 2 carillas), pagadero con money orders.
El trámite se realiza de manera presencial en esta Sección Consular. Debe solicitar turno previo mediante correo electrónico a consular@embassyofargentina.us.
Si el trámite tiene fines previsionales, no se cobra el arancel consular.