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Certificado de Supervivencia

JUBILADOS Y PENSIONADOS

En relación con la nueva Ley 27.721/2023 sobre la eliminación del trámite de fe de vida a jubilados y pensionados, se informa que rige solamente para jubilados y pensionados que estén radicados en Argentina.

Jubilados/as y Pensionados/as residentes en el exterior deben continuar realizando el respectivo Certificado de Supervivencia en el Consulado con jurisdicción en su lugar de domicilio, a fin de evitar la suspensión del pago de sus haberes previsionales.

Se recuerda que el envío de los respectivos certificados de Supervivencia deben ser tramitados las dos veces al año estipuladas (en enero o febrero y en julio o agosto) a fin de mantener la continuidad de las transferencias correspondientes. La ANSES emitió la Resolución ANSES Nº 277/2021, que en su artículo 5° dispone: "(...) ARTICULO 5°.- Los beneficiarios que se encuentran ausentes del país y que perciben sus haberes a través de la figura de Banco Apoderado deberán presentar el certificado de supervivencia semestral ante el banco apoderado, o ante la ANSES a través de los mecanismos previstos a tal fin, a partir del 1 de enero de 2022 (...)". Dicha normativa establece el restablecimiento del esquema ordinario de control semestral de supervivencias, por parte de los beneficiarios del SIPA y Pensiones No Contributivas que se encuentren en el exterior y perciban sus haberes en el exterior a través de un "Banco Apoderado”.

Los beneficiarios podrán acreditar su supervivencia en forma presencial en el Consulado, o bien a través del procedimiento de certificación remota para realizar Certificados de Supervivencia, según les resulte más conveniente:

1. En el Consulado: Concurrir con el DNI original y comprobante de número de beneficio personalmente a la Sección Consular en Washington DC, sito en 1811 Q Street NW, Washington D.C., 20009 de Lunes a Viernes de 8.30 am a 12.30 pm.

2. A distancia o remota: Enviar el formulario completo con firma de notario público, adjuntando copia de ambas caras del DNI y comprobante de número de beneficio, vía correo electrónico a consular@embassyofargentina.us, o por correo postal a 1600 New Hampshire Ave NW, Washington DC, 20009.

Se agradecerá enviar el formulario adjunto completo, con copia de ambas caras del DNI y comprobante de número de beneficio, vía correo electrónico a consular@embassyofargentina.us, y solicitar un turno para una videollamada con un funcionario consular.

En casos de certificaciones de firmas en formularios ANSES para iniciar trámites de jubilación/pensión en la República Argentina, indefectiblemente se realizará con turno previo solicitado por correo electrónico a consular@embassyofargentina.us

Para consultas sobre sus haberes jubilatorios y calendario de pagos, puede comunicarse con:

ANSES al teléfono: 54 11 4015 5825

O por correo electrónico: residentesexterior@anses.gov.ar

BANCO NACIÓN, Sucursal Miami: 305 371 7500

BANCO NACIÓN, Sucursal Nueva York: 212 303 0600

jubilacionesalexterior@bna.com.ar

Verifique en http://eeeuu.mrecic.gov.ar/es/consulados-en-eeuu en cuál de las jurisdicciones consulares reside, a fin de solicitar su Certificado de Supervivencia a la Sede Consular que corresponda.

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Fecha de actualización: 11/08/2023